Seguridad privada y guardias de seguridad
FAQ’s
Los guardias de seguridad privada capacitados adecuadamente, pueden cumplir con una gran variedad de funciones: desde disuadir, detectar y reaccionar, hasta salvar vidas, sabiendo actuar debidamente ante cada situación.
Nuestros guardias de seguridad están capacitados en:
-Protocolos de Seguridad
-Defensa Personal
-Primeros Auxilios
-Marco Legal
Revisa el registro de empresas de Seguridad Privada ante la SSC-CDMX, para corroborar qué:
- La empresa de seguridad privada cuenta con una póliza general vigente de fianza de fidelidad patrimonial. Dicha póliza cubre el pago de la responsabilidad económica derivada de la eventual comisión de delitos por parte de los guardias de seguridad, en contra de los contratantes, de sus bienes o de terceros.
- La empresa de seguridad privada cuenta con una póliza global de seguro de responsabilidad civil.
Esta póliza garantiza el pago de daños causados a terceros durante la prestación de los servicios. - Los guardias de seguridad, han sido debidamente capacitados para la correcta ejecución de las labores para los que hayan sido contratados; dicho personal se encontrará registrado ante la SSC-CDMX; y NO contará con antecedentes penales.
- La empresa de seguridad privada que se desea contratar NO se encuentra suspendida o inhabilitada para la prestación del servicio por haber incurrido en alguna falta estipulada en la “Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal” ahora CDMX o en su Reglamento.
Habrá empresas de seguridad privada que cuentan con el registro que otorga la Secretaría de Seguridad Pública Federal, el cual, por si mismo, NO SERÁ SUFICIENTE para prestar servicios de seguridad privada en la CDMX, ya que es obligación de las empresas de seguridad privada obtener dicho permiso cuando prestan servicios en dos o más entidades federativas, sin menoscabo de obtener el permiso local.
No contrate problemas:
De acuerdo con la “Ley de Seguridad Privada para el Distrito Federal” ahora CDMX, quien contrate servicios de seguridad privada “será solidariamente responsable de la comisión de infracciones, cuando contraten personas físicas o morales que no cuenten con permiso, licencia, o autorización de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México.”